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la finalidad maximizar la rentabilidad de los bienes inmuebles de propiedad
municipal y a su vez brindar apoyo a los arrendatarios en el pago de su merced
conductiva, se aprobó la Ordenanza Municipal N° 32 - 2020 - MPT que autoriza al
Servicio de Administración de Inmuebles Municipales de Trujillo (SAIMT),
implementar medidas necesarias para asegurar el cobro de los alquileres y la
protección de los bienes materia de alquiler.</span><br></p><p class="MsoNormal" style="text-align:justify"><span style="font-family:"Arial","sans-serif"">El
gerente general del SAIMT, señaló que a consecuencia de la pandemia, la
recaudación por el alquiler de 136 inmuebles entre locales comerciales y casa
habitación, ubicados el pasaje san Agustín y centro comercial AMECA, bajó
significativamente, generando que los inquilinos tengan retraso en el pago, además
de un interés moratorio, comprendido en el periodo de marzo, abril y mayo. <o:p></o:p></span></p><p class="MsoNormal" style="text-align:justify"><span style="font-family:"Arial","sans-serif"">“Por
ello, presentamos la propuesta para la ordenanza municipal, la cual fue
aprobada por el concejo municipal, para brindar facilidades de pago a los
arrendatarios y reactivar los ingresos inmediatos a favor de la entidad edil,
medida establecida establecidos hasta el 31de diciembre del presente año”,
informó la autoridad de esta OPD. <o:p></o:p></span></p><p class="MsoNormal" style="text-align:justify"><span style="font-family:"Arial","sans-serif"">Gracias
a este medida, los arrendatarios se acogerán a diversas medidas contempladas en
la ordenanza municipal, como la postergación del pago de las cuotas del mes de
marzo y abril, exoneración automática de intereses a partir de marzo, permitir
cambio de rubro del negocio, exoneración del pago de la renta a quienes
entreguen el inmueble; y en el caso de las personas que alquilen casa
habitación, se exceptuará la penalidad por incumplimiento del contrato,
permitiendo renovar, el cual incluirá la
programación de las cuotas atrasadas.<o:p></o:p></span></p><p>
</p><p class="MsoNormal" style="text-align:justify"><span style="font-family:"Arial","sans-serif"">Cabe
mencionar que la norma solo aplicará para arrendatarios que cuenten con un
contrato de arrendamiento vigente y que estén al día en sus pagos hasta el mes
de marzo del presente año, asimismo, no podrán acceder es este beneficio los
inquilinos que no renueven contrato en el segundo periodo 2020 (Julio a
agosto).<o:p></o:p></span></p>',
'previa' => 'Como parte emergencia sanitaria ocasionado por el COVID - 19',
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